Decimocuarta Enmienda a la Constitución de los Estados Unidos
La Decimocuarta Enmienda a la Constitución de los Estados Unidos, en español, establece lo siguiente:
Sección 1: Toda persona nacida o naturalizada en los Estados Unidos, y sujeta a su jurisdicción, es ciudadana de los Estados Unidos y del estado en que resida. Ningún estado podrá crear o implementar leyes que limiten los privilegios o inmunidades de los ciudadanos de los Estados Unidos; tampoco podrá ningún estado privar a una persona de su vida, libertad o propiedad, sin un debido proceso legal; ni negar a persona alguna dentro de su jurisdicción la protección legal igualitaria.
Sección 2: Se deberá designar representantes dentro de los diferentes estados de acuerdo con sus respectivos números, contando el número total de personas de cada estado, excluyendo a los indios que no paguen impuestos. Pero cuando el derecho a votar en cualquier elección para los electores de presidente y vicepresidente de los Estados Unidos, representantes del Congreso, oficiales del poder ejecutivo o judicial de un estado, o cualquier miembro del poder legislativo de este, sea denegado a cualesquiera habitantes masculinos de ese estado, teniendo veintiún años de edad, y ciudadanos de los Estados Unidos, o de cualquier forma limitado, excepto por participar en una rebelión, u otro crimen, la base de representación de tal estado se reducirá proporcionalmente al número que tales ciudadanos tienen en el total de ciudadanos masculinos de veintiún años en tal estado.
Sección 3: Ninguna persona podrá ser senador o representante en el Congreso, ni elector del presidente y vicepresidente de los Estados Unidos, u ocupar cargos, civiles o militares, en los Estados Unidos, o en cualquier estado, si, habiendo prestado juramento previamente como miembro del Congreso, o como oficial de los Estados Unidos, o como miembro de cualquier legislatura de algún estado, o como oficial del poder ejecutivo o judicial de ese estado, para defender la Constitución de los Estados Unidos, ha incurrido en insurrección o rebelión contra los mismos, o ha dado auxilio o consuelo a sus enemigos. Pero el Congreso puede, por voto de dos tercios de cada Cámara, retirar tal inhabilidad.
Sección 4: La validez de la deuda pública de los Estados Unidos, autorizada por ley, incluyendo deudas contraídas para el pago de pensiones y recompensas para suprimir insurrecciones o rebeliones, no deberá ser cuestionada. Pero ni los Estados Unidos, ni ningún estado podrá asumir deudas u obligaciones producidas por ayudas a la insurrección o rebelión en contra de los Estados Unidos, o cualquier reclamo por el costo de la pérdida o emancipación de esclavos; sino que tales deudas, obligaciones y reclamaciones serán tenidas por ilegales y nulas.
Sección 5: El Congreso tendrá el poder hacer cumplir, mediante una legislación apropiada, las provisiones de este artículo.
Resumen:
La Decimocuarta Enmienda a la Constitución de los Estados Unidos establece:
- Ciudadanía y Derechos: Garantiza la ciudadanía a todas las personas nacidas o naturalizadas en los EE. UU. y prohíbe a los estados limitar los derechos de los ciudadanos, privar a cualquier persona de la vida, la libertad o la propiedad sin un debido proceso legal, o negar la protección legal igualitaria.
- Representación en el Congreso: Establece las normas para la designación de representantes en el Congreso, basadas en la población total de cada estado, y reduce la representación de los estados que nieguen el derecho al voto a sus ciudadanos masculinos mayores de 21 años, excepto en casos de participación en rebeliones o crímenes.
- Inhabilitación para Cargos Públicos: Prohíbe a personas que hayan participado en insurrecciones o rebeliones contra los EE. UU., o que hayan apoyado a sus enemigos, ocupar cargos públicos, a menos que el Congreso levante esta prohibición.
- Deudas Públicas: Afirma la validez de la deuda pública de los EE. UU. y prohíbe asumir deudas relacionadas con insurrecciones o compensaciones por la pérdida de esclavos.
- Poder del Congreso: Otorga al Congreso el poder de hacer cumplir esta enmienda mediante legislación a propiada.